El Excmo. Ayuntamiento de Almería, y la Camara Oficial de Comercio, industria, Servicios y Navegación de Almeria, ponen en marcha la 2º campaña “BONOS AL CONSUMO en Almería 2025” que tiene por objeto incentivar las compras en el comercio local y hostelería para dinamizar la actividad económica, para ayudar a paliar las consecuencias provocada por las obras del Paseo de Almería en el comercio minorista y establecimientos de hostelería.
Para ello el Ayuntamiento pondrá a disposición del consumidor 200.000€ en forma de bonos descuentos para incentivar las compras y el consumo en los establecimientos del Municipio de Almería.
En Que Consiste La Campaña
Cada consumidor podrá descargarse 5 bonos semanales de 20 € cada uno, lo que supondrá un descuento del 25% en compras de hasta 100€
Como Funciona – Beneficiarios
Al Programa “BONOS AL CONSUMO 2025” podrán inscribirse los establecimientos que cumplan las siguientes condiciones:
- Las empresas y autónomos que se encuentren en las calles Paseo de Almería, Aguilar de Campoo, Circunvalación Ulpiniano Diaz, Concepción Arenal, General Segura, General Tamayo, Lacambre, Mendez Nuñez, Navarro Rodrigo, Plaza de Emilio Perez, Plaza Juan Cassinello, Plaza Puerta de Purchena, Plaza San Pedro, Poeta Villaespesa, Rambla Obispo Orberá, Reyes Católicos, Ricardos, Rueda Lopez, Tenor Iribarne.
- Las empresas y autónomos, del sector del comercio minorista o de proximidad y establecimientos de hostelería, que puedan adherirse a este programa son, en principio, aquellas que se han visto afectadas por las obras del Paseo de Almería.
- Las empresas y autónomos participantes en el programa tendrán que inscribirse en “Alcomercio.es” o a través de la oficina-delegación de la Camara de Comercio en el municipio de Almería.Una vez rellenado el formulario habilitado, habrá que entregar la siguiente documentación, mediante el correo electrónico comercio@camaradealmeria.es o en la oficina-delegación de la Camara de Comercio en el municipio de Almería mediante cita previa en el tlf.950 181 700:
- Si es persona física: fotocopia del NIF del titular.
- Si es persona jurídica:
- a) fotocopia del poder del administrador (ESCRITURA);
- b) Fotocopia del NIF del administrador.
- Certificado de la titularidad cuenta bancaria.
- Antes del alta definitiva y su correspondiente notificación, se comprobará que cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria del programa.
- En el caso de no cumplirlos, se rechazará su adhesión y/o si le faltan documentos o datos necesarios para su validación podrán subsanarlos.
Una vez admitidos, se darán de alta en la herramienta “es” como establecimiento adherido al programa “BONOS AL CONSUMO 2025”.
Procedimiento para aplicar el DESCUENTO
Antes de realizar el descuento es imprescindible validar los bonos.
Esto permitirá comprobar la validez de estos y ser utilizados en otro establecimiento. Al realizar la compra el cliente deberá de presentar en el establecimiento sus bonos descuento, bien en formato digital o impreso.
El importe de los bonos que hayan sido canjeados, serán compensados al establecimiento una vez se validen con los tickets de compra